La educación en las escuelas de negocios

Las personas vinculadas a las empresas, requieren cada vez más de una educación constante para asumir con responsabilidad los distintos roles dentro de las mismas. Cada área de una empresa, necesita de una persona con una formación adecuada para obtener los mejores resultados posibles, en el contexto social y económico del país donde se encuentre la misma.

El constante dinamismo del mundo empresarial, exige la creación de programas y generación de investigación adaptada a las empresas. Allí es donde se encuentra la gran ventaja de las escuelas de negocios o business school. El aprendizaje basado en el método del caso, el fomento del trabajo en equipo, la consolidación del networking, la enseñanza a empresarios y personas de las empresas, la formación en liderazgo, son varias de las ventajas competitivas que se observan en las escuelas de negocios del mundo.

Se considera que la formación en la universidad es básica, esencial, vital y necesaria para cualquier persona y se aboga siempre por la educación universitaria, pero también se sugiere la formación en las escuelas de negocios, bien adaptadas a universidades o independientes, para poder incursionar en el complejo mundo empresarial.

Las personas relacionadas con las empresas, bien sean públicas o privadas, requieren de una formación generalista y especializada en este ámbito, para poder afrontar con éxito los dilemas constantes y necesarios que se viven en el interior de las mismas. Quizás, el empresario con mayor visión no es aquél que posea la mejor formación, sino que posee en su equipo gerencial, el talento humano mejor formado y preparado, para asumir las riendas de la empresa.

Este enriquecedor mundo de las escuelas de negocios, se mueve también en base a los alumnos que pasan por sus aulas. El sello de la escuela acompaña al alumno, luego antiguo alumno, por el resto de su carrera profesional. Algunos rankings que evalúan a las escuelas de negocios, se sustentan en el incremento salarial del egresado, una vez que cursa un postgrado, por ejemplo, un MBA.

En los almuerzos, desayunos, meriendas y horas de recreación de los postgrados, cursos, seminarios en estas escuelas, surgen importantes alianzas estratégicas, las cuales posteriormente, se traducen en empresas significativas y que aportan valor a la sociedad. La vida dentro de una escuela de este tipo, se asemeja mucho a la vivencia dentro de una empresa propiamente dicha. Algunos postgrados en estas escuelas pueden equivaler a varios años de experiencia dentro de una organización.

Por todo ello, se insiste en tener una mejor formación en el ámbito obviamente de las universidades, pero también en las escuelas de negocios, si su interés es entrar o mantenerse en el mundo empresarial.

¿Posibilidades de emprendimientos en España?

Conozca esta opción de visado de la Ley de Emprendedores española

Ya hemos comentado en varias oportunidades las opciones de visado y residencia que existen en la Ley de Emprendedores de España.

Sabemos que emprender no es fácil y es más complicado aún si debemos hacerlo en un país que no es el nuestro. Por eso, en esta oportunidad nos vamos a referir al visado y autorización de residencia por emprendimientos que existen en la Ley de Emprendedores de España. Consideramos que lograr un emprendimiento en el exterior es muy meritorio por todos los obstáculos que hay que superar, no sólo a nivel de la puesta en marcha de la actividad económica, sino de todos los temas legales. De esta manera, por medio de estas notas queremos servir de ayuda para todos aquellos que desean lograr este objetivo.

En este sentido, según el artículo 68 de esta ley, los extranjeros podrán solicitar un visado para entrar y permanecer en España por un período de un año con el fin único o principal de llevar a cabo los trámites previos para poder desarrollar una actividad emprendedora.

De igual forma, según el artículo 69 de la Ley, los extranjeros que soliciten entrar en España o que siendo titulares de una autorización de estancia o residencia o visado, pretendan iniciar, desarrollar o dirigir una actividad económica como emprendedor, podrán ser provistos de una autorización de residencia para actividad empresarial, que tendrá validez en todo el territorio nacional.

Ahora bien, se entenderá por actividad emprendedora aquella que sea de carácter innovador con especial interés económico para España y a tal efecto, que cuente con un informe favorable emitido por la Oficina Económica y Comercial del ámbito de demarcación geográfica o por la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones.

De conformidad con el artículo 70 de la ley en comentarios, para la valoración de la actividad emprendedora se tendrá en cuenta especialmente y con carácter prioritario la creación de puestos de trabajo en España. Asimismo, se valorará:

a) El perfil profesional del solicitante, su formación y experiencia profesional así como su implicación en el proyecto. En caso de que existan varios socios, se evaluará la participación de cada uno de ellos, tanto de los que solicitan un visado o autorización como de los que no requieran el mismo.

b) El plan de negocio con mención, al menos, a los siguientes elementos:

1.º Descripción del proyecto: actividad empresarial a desarrollar, fecha de inicio, localización, forma jurídica prevista de la empresa, impacto económico potencial que supone la inversión, descripción del número de puestos de trabajo que se estima que puedan crearse y sus funciones y cualificación, actividades previstas de promoción y estrategia de venta.

2.º Descripción del producto o servicio: la descripción será detallada e incluirá los aspectos innovadores.

3.º Análisis de mercado: valoración del mercado y evolución esperada, descripción de los posibles competidores, valoración de los consumidores potenciales y análisis de oferta y demanda.

4.º Financiación: inversión requerida, fuentes de financiación y plan financiero.

c) El valor añadido para la economía española, la innovación u oportunidades de inversión.

Esta es una opción de residencia viable para todos aquellos que deseen iniciar alguna actividad empresarial en España.

Para mayor información o aclarar cualquier duda, puede contactarnos al teléfono: 0034-914-059130 o al email [email protected]

Nuevas instrucciones en relación a la autorización de residencia de arraigo para la formación

«Instrucciones Sem 1/2022 sobre el arraigo para la formación y otras cuestiones comunes a las autorizaciones de residencia temporal por motivos de arraigo previstas en el artículo 124 del reglamento de extranjería, aprobado por el RD 557/2011, de 20 de abril.»