Sobre el arraigo familiar
En esta oportunidad, nos vamos a referir a un tipo de autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Nos referimos a la autorización de residencia por arraigo familiar.
En este sentido, en el artículo 124 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, se establece que se podrá conceder una autorización de residencia por razones de arraigo familiar, cuando se cumplan las siguientes premisas:
- Cuando se trate de padre o madre de un menor de edad de nacionalidad española, siempre que el progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones paternofiliales respecto al mismo.
- Cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Entre los requisitos que se exigen en este tipo de autorización de residencia, se encuentran los siguientes:
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
- Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
- No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
- No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
- Ser padre o madre de menor de nacionalidad española, o hijo de padre o madre que hubiera sido originariamente español.
Una cuestión que nos parece importante destacar es que con este tipo de autorización de residencia, se permite trabajar bien por cuenta propia o por cuenta ajena en España.
Para cualquier consulta o información sobre esto o cualquier otro tipo de visado o autorización de residencia en España, puede escribirnos un email a [email protected] o bien, llamar al teléfono: 0034-914059130.