Se vencen las prórrogas automáticas de determinadas autorizaciones de estancia, residencia y trabajo para los extranjeros en España caducadas durante el Estado de alarma del 14 de marzo de 2020 o 90 días antes del inicio del Estado de alarma…
Vencen las prórrogas automáticas de determinadas autorizaciones en España. Como bien sabemos, el pasado 20 de mayo de 2020, se publicó en el Boletín Oficial del Estado en España la Orden SND/421/2020, de 18 de mayo, por la que se adoptan medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo y a otras situaciones de los extranjeros en España, en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis ocasionada por el COVID-19.
Básicamente, en esta Orden se aprobó -entre otras cuestiones- la prórroga de las autorizaciones de residencia y/o trabajo y de determinadas autorizaciones de estancia, por seis meses desde la finalización del Estado de alarma decretado el 14 de marzo, es decir, estas autorizaciones estarán prorrogadas de forma automática hasta el 21 de diciembre de 2020.
Recuerda que según el artículo 1.4 de esta misma Orden del 18 de mayo, se indica de forma expresa lo siguiente:
«4. La renovación, prórroga o modificación de la autorización que ha sido prorrogada de acuerdo con lo previsto en este artículo se regirá, en cuanto al procedimiento, los requisitos, los efectos y la duración, por lo dispuesto en la normativa de aplicación en función del tipo de autorización que ha sido prorrogada. Las correspondientes solicitudes podrán presentarse en cualquier momento durante la vigencia de la prórroga o hasta los noventa días naturales posteriores a la fecha de finalización de su vigencia, sin perjuicio de la sanción que corresponda al retraso. En cualquier caso, de resultar favorable esta última solicitud, el inicio de la vigencia que le corresponda a la nueva autorización se retrotraerá al día siguiente al de la caducidad de la autorización prorrogada».
La prórroga automática también aplica para las tarjetas de familiar de ciudadanos de la Unión Europea y para las tarjetas de larga duración.
Para cualquier consulta o para la presentación de expedientes de autorizaciones de estancia y residencia, pueden escribirnos a: [email protected]
O, llamarnos al teléfono:
+34-914059130