visado para nómadas digitales desde chile

Visado para nómadas digitales para España desde Chile

Cada vez es más frecuente que las personas se desplacen a otro país para ejercer su actividad laboral de forma remota, en España existe la posibilidad de residir de manera legal aplicando al visdo para nómadas digitales.

Según el portal web del Consulado de España en Santiago de Chile, para aplicar al visado de teletrabajadores de carácter internacional o visado de nómadas digitales en España desde Chile, debes de cumplir con varios requisitos.

Requisitos para la solicitud del visado de nómada digital desde Chile

  1. “Formulario de solicitud de visado nacional.Cada solicitante, o su representante, completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado.
  2. Fotografía.Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
  3. Pasaporte válido y en vigor.Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte deberá tener una validez mínima de 1 año y dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
  4. Certificado de antecedentes penales.Los solicitantes mayores de edad presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 2 años. Además, se presentará una declaración responsable de la inexistencia de antecedentes penales de los últimos cinco años.
  5. Prueba de la residencia en la demarcación consular.El solicitante de visado deberá acreditar su residencia legal en el país donde se presenta la solicitud.
  6. Prueba la identidad y capacidad del representante.Si se solicita el visado a través de representante, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del representante y del poder notarial o documento que acredite la representación. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud.
  7. Abono de la tasa de visado. 
  8. Seguro de enfermedad.Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España (la entidad aseguradora debe estar inscrita en el listado de entidades aseguradoras y reaseguradoras de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
    No es necesario presentar el seguro de enfermedad si se prueba la cobertura por el sistema público de la Seguridad Social española. Si se aplica un convenio internacional de Seguridad Social que permita al teletrabajador asegurado en otro Estado desarrollar su actividad en España, en lugar del seguro de enfermedad, se presentará un certificado de derecho de cobertura emitido por la institución competente del Estado en cuyo sistema de Seguridad Social esté asegurado.”

Fuente: Consulado de España en Chile.

 

Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca.

 

visado de estudios para españa desde argentina

¿Cómo aplicar al visado de estudios para España desde Argentina?

Según en el portal web del Consulado de España en Buenos Aires, para poder aplicar al visado de estudios para España desde Argentina, se deben cumplir algunos requisitos.

 

Requisitos para aplicar al visado de estudios para España desde Argentina:

  1. «Formulario de solicitud de visado nacional:Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores. También podrá firmar la solicitud un representante debidamente acreditado.
  2. Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
  3. Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte debe ser válido, como mínimo, para toda la duración de la estancia prevista y tener dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
  4. Prueba de la admisión para la actividad de estudios, formación, voluntariado o prácticas. Original y una copia del documento que pruebe:
    • La admisión en un centro de enseñanza autorizado para la realización de un programa de estudios a tiempo completo.
    • La admisión en un centro de investigación o formación.
    • La admisión en un programa de movilidad de alumnos (en este caso se aportará también prueba de la admisión en un centro de estudios, del acogimiento por una familia o institución y compromiso del organizador del programa de asumir los gastos).
    • La admisión para la realización de prácticas no remuneradas sobre la base de la firma de un convenio.
    • El convenio con la organización encargada de un programa de voluntariado.
  5. Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Original y una copia de los documentos que prueben que el solicitante (o su representante legal o familiar que le respalda) dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia y regreso del estudiante y de los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 100% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 75% el IPREM por el primer familiar y el 50% del IPREM por cada familiar adicional. Si se acredita que el alojamiento ya está pagado por adelantado para toda la estancia, se minorará esta cantidad. Los valores establecidos son 600 euros por cada mes de estadía. Para el sostenimiento de los familiares que estén a cargo se deberá acreditar mensualmente 450 euros para el primer familiar y 300 euros para cada una de las restantes personas que vayan a integrar la unidad familiar. Tanto si los medios económicos son propios como si son a cargo de un familiar, la acreditación de los mismo se hará exclusivamente a través de: – Resúmenes de cuentas bancarias o depósitos a plazo fijo. – Recibos de sueldo o pensión o cualquier otro ingreso periódico (siempre que sea percibido durante su estancia en España). – Para el caso de trabajadores autónomos, documentación acreditativa de la actividad o negocio, acompañada de los resúmenes de cuentas bancarias. Si el sostenimiento económico del estudiante está a cargo de un familiar, además de la documentación anterior, se debe aportar: 1. Compromiso de sostenimiento económico por parte del pariente en cuestión efectuado ante escribano público. 2. Acreditar el vínculo familiar entre el solicitante y el aval mediante partidas de nacimiento, matrimonio o uniones civiles convivenciales debidamente apostilladas.
  6. Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España.El seguro de salud ha de cubrir 100 % de los gastos médicos hospitalarios y extrahospitalarios, sin copagos, carencias ni límite de cobertura. En todo caso, la aseguradora debe estar autorizada a trabajar en España.

Si el solicitante participa en un programa de voluntariado, además del seguro médico de enfermedad, aportará una copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil suscrito por la organización.

  1. Certificado de antecedentes penales. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años. Solamente para estancias superiores a 180 días, expedido en los últimos tres meses y apostillado por Ministerio de Relaciones Exteriores o Colegios de Escribanos.
  2. Certificado médico. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. Solamente para estancias superiores a 180 días, expedido en los últimos tres meses por un médico matriculado. Legalizado por el Ministerio de Salud (si la matrícula es nacional) o Colegio de Médicos (si la matrícula es de Provincia de Buenos Aires) y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores o Colegios de Escribanos.
  3. Prueba de la residencia en la demarcación consular. Se acreditará mediante original y fotocopia del DNI con residencia legal y domicilio en la demarcación de este Consulado General de España en Buenos Aires.
  4. Prueba la identidad y capacidad del representante. Si el solicitante es menor de edad, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del progenitor y del documento que pruebe el parentesco. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud. Si se solicita el visado a través de representante, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del representante y del poder notarial o documento que acredite la representación. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud.
  5. Autorización de los representantes legales. Si el solicitante es menor de edad, se aportará original y una copia del acta notarial de los progenitores o tutores autorizando el desplazamiento del menor a España e identificando a la persona que se hará cargo del menor en España. En dicha autorización, debe expresar su conocimiento de que la acogida no tiene por objeto la adopción y su compromiso de favorecer el regreso a su país de origen o procedencia, y que son conscientes que va a residir en España sin que nadie ejerza sobre él la patria potestad. En dicha autorización deberá constatar expresamente el periodo temporal que se autoriza y los datos de las personas que se harán cargo del menor una vez se encuentre en España, con expresión de sus nombres, apellidos, número de D.N.I o de N.I.E. y domicilio. Apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Este requisito solamente es necesario en el caso de desplazamiento de menores sin los padres o tutores.
  6. Abono de la tasa de visado.Para consultar importe de tasas consulares ingrese a la pestaña Consulado de esta misma página, apartado tasas consulares.»

Fuente: Consulado de España en Buenos Aires

 

Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca.

 

visado de estudios para españa desde ecuador

¿Cómo solicitar el visado de estudios para España desde Ecuador?

Para poder aplicar al visado de estudios para España desde Ecuador, es importante conocer los requisitos  que se indican en el portal web del Consulado de España en Quito.

 

Requisitos para el visado de estudio desde Ecuador:

  1. «Formulario de solicitud de visado nacional. Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores. También podrá firmar la solicitud un representante debidamente acreditado.
  2. Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
  3. Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. Página biográfica, así como las páginas con los visados que puedan figurar en el pasaporte si los tuviese. Copia de la cédula de identidad o documento que le acredite como extranjero residente legal en Ecuador El pasaporte debe ser válido, como mínimo, para toda la duración de la estancia prevista y tener dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
  4. Prueba de la admisión para la actividad de estudios, formación, voluntariado o prácticas. Original y una copia del documento que pruebe:
    • La admisión en un centro de enseñanza autorizado para la realización de un programa de estudios a tiempo completo.
    • La admisión en un centro de investigación o formación.
    • La admisión en un programa de movilidad de alumnos (en este caso se aportará también prueba de la admisión en un centro de estudios, del acogimiento por una familia o institución y compromiso del organizador del programa de asumir los gastos).
    • La admisión para la realización de prácticas no remuneradas sobre la base de la firma de un convenio.
    • El convenio con la organización encargada de un programa de voluntariado.
  5. Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Original y una copia de los documentos que prueben que el solicitante (o su representante legal o familiar que le respalda) dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia y regreso del estudiante y de los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 100% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 75% el IPREM por el primer familiar y el 50% del IPREM por cada familiar adicional. Si se acredita que el alojamiento ya está pagado por adelantado para toda la estancia, se minorará esta cantidad.
  6. Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España.Seguro de salud, (¡no de viaje!) con vigencia durante toda la estancia. El seguro de salud no debe tener carencias, copagos ni limites de cobertura, debe cubrir el 100% de los gastos médicos, hospitalarios y extra hospitalarios. Compañías españolas como Sanitas, Adeslas, Axa, etc. ofrecen cobertura del 100% de los gastos e ilimitadas.Si el solicitante participa en un programa de voluntariado, además del seguro médico de enfermedad, aportará una copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil suscrito por la organización.
  7. Certificado de antecedentes penales. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años.Apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador, debe aportar original y copia
  8. Certificado médico. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. Expedido por un Centro de Salud adherido al sistema de salud pública, legalizado por el Ministerio de Salud y apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador, debe aportar original y copia.
  9. Prueba de la residencia en la demarcación consular. El documento que prueba la residencia es la Papeleta de Votación.
  10. Prueba la identidad y capacidad del representante. Si el solicitante es menor de edad, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del progenitor y del documento que pruebe el parentesco. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud. Si se solicita el visado a través de representante, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del representante y del poder notarial o documento que acredite la representación. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud. Apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador, debe aportar original y copia
  11. Autorización de los representantes legales. Si el solicitante es menor de edad, se aportará original y una copia del acta notarial de los progenitores o tutores autorizando el desplazamiento del menor a España e identificando a la persona que se hará cargo del menor en España. Certificado de salud y certificado médico apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, debe aportar original y copia.
  12. Abono de la tasa de visado.A partir de 01/01/2024: 87,57 USD + tasa por trámite de BLS. Desde el 18 de mayo este tipo de visados se tramitan por BLS.»
Fuente: Consulado General de España en Quito.

 

Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca.

 

instrucción en relación al arraigo laboral

Instrucción sobre el arraigo laboral

Se publica Instrucción del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones sobre la incidencia en los procedimientos de extranjería de arraigo laboral de la condición de solicitante de protección internacional.

 

Instrucción Arraigo Laboral