estudiar en españa desde los angeles

Visado de estudios desde los Ángeles

Si quieres estudiar en España desde Los Ángeles, puedes aplicar al visado de estudios desde el Consulado de esa ciudad. Esta es una autorización que habilita a permanecer en España para la realización o ampliación de estudios en un centro de enseñanza autorizado.
 

Requisitos para estudiar en España desde Los Ángeles:

 
Según el portal web del Consulado de España en Los Ángeles, los requisitos para aplicar son los siguientes:
 
  1. «Formulario de solicitud de visado nacional. Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores. También podrá firmar la solicitud un representante debidamente acreditado.
  2. Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
  3. Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte debe ser válido, como mínimo, para toda la duración de la estancia prevista y tener dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
  4. Prueba de la admisión para la actividad de estudios, formación, voluntariado o prácticas. Original y una copia del documento que pruebe:
    • La admisión en un centro de enseñanza autorizado para la realización de un programa de estudios a tiempo completo.
    • La admisión en un centro de investigación o formación.
    • La admisión en un programa de movilidad de alumnos (en este caso se aportará también prueba de la admisión en un centro de estudios, del acogimiento por una familia o institución y compromiso del organizador del programa de asumir los gastos).
    • La admisión para la realización de prácticas no remuneradas sobre la base de la firma de un convenio.
    • El convenio con la organización encargada de un programa de voluntariado.
  5. Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Original y una copia de los documentos que prueben que el solicitante (o su representante legal o familiar que le respalda) dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia y regreso del estudiante y de los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 100% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 75% el IPREM por el primer familiar y el 50% del IPREM por cada familiar adicional. Si se acredita que el alojamiento ya está pagado por adelantado para toda la estancia, se minorará esta cantidad. Todo documento demostrando prueba de fondos debe ser original (no se admitirán fotocopias o impresiones obtenidas de internet). Será válido cualquiera de los siguientes documentos: a) Sus 3 últimos estados de cuenta bancaria, que prueben que está en posesión de los fondos. Asegúrese de que su nombre figura en ellos y el balance final refleja fondos mínimos. b) Carta de la Universidad, Escuela, o Programa de Estudios en la que asuman plena responsabilidad económica por alojamiento y manutención, (normalmente incluido en la carta de admisión). Esta carta debe ser original con sello y firma oficial de la entidad emisora. No se aceptará fotocopia o impresión de internet. c) Prueba de concesión de beca, préstamo, o cualquier otro tipo de ayuda económica reflejando los fondos mínimos requeridos. Todo documento de este tipo debe mostrar que el solicitante ya dispone de estos fondos el día de solicitar el visado. d) Carta notariada de los padres/tutores legales en la que asuman plena responsabilidad económica de, al menos los fondos mínimos requeridos por alojamiento y manutención. Sugerencia del texto: “Por la presente yo (nombre padre, madre, o tutor) me hago responsable de los gastos de alojamiento y manutención de mi (hijo/a, …), por un mínimo de…………….€ al mes durante su estancia en España, así como de cualquier emergencia que pudiera surgir”. La carta notariada debe ir acompañada con los tres (3) últimos extractos bancarios de la persona que preste apoyo financiero, obtenidos del banco en forma original. Traducción: Todo documento de prueba de fondos que no haya sido expedido originalmente (a excepción de los extractos de cuentas bancarias) en idioma español ha de ser traducido al español por un traductor jurado certificado por el gobierno de España. En casos excepcionales el Consulado se reserva el derecho de solicitar extractos mensuales completos adicionales para demostrar suficiencia de fondos.
  6. Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España.El seguro médico no deberá tener límites de cobertura, períodos de gracia, co-pagos o deducciones. No obstante, en caso de que la cobertura del seguro esté limitado a cierta cantidad, este límite no debe ser inferior a 30.000€. No se aceptarán seguros de viaje. No se aceptarán las tarjetas del seguro como prueba acreditativa de la contratación de un seguro de enfermedad. Si el solicitante participa en un programa de voluntariado, además del seguro médico de enfermedad, aportará una copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil suscrito por la organización.Si el solicitante participa en un programa de voluntariado, además del seguro médico de enfermedad, aportará una copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil suscrito por la organización.
  7. Certificado de antecedentes penales. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años.El certificado de antecedentes penales tiene que estar verificado por huellas dactilares y será válido durante cinco meses desde la fecha de emisión del mismo. El certificado debe ser expedido por El Departamento de Justicia de los EE.UU. – FBI Oficina Federal de Investigación. Este certificado deberá deberá ser traducido al español por un traductor jurado y tiene que estar legalizado con la Apostilla de la Haya por la Oficina de Autenticación del Departamento de Estado en Washington D.C.
  8. Certificado médico. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. Los certificados médicos deben ser expedidos en español o traducidos al español por un traductor jurado certificado por el Gobierno de España. No se requiere traducción si se utiliza el documento disponible en el anterior enlace.
  9. Prueba de la residencia en la demarcación consular. Para solicitar el visado de estudios debe tener en cuenta: Asegúrese de que está residiendo legalmente dentro de nuestra jurisdicción consular, que abarca: del Sur de California (condados de Imperial, Inyo, Kern, Los Angeles, Orange, Riverside, San Bernardino, San Diego, San Luis Obispo, Santa Barbara y Ventura), Arizona, Colorado, Utah. La residencia debe ser acreditada mediante: Permiso de conducir estadounidense o carné de identidad del Estado. En el caso de ciudadanos no estadounidenses, mediante Tarjeta de Residencia en los EEUU o visado de larga duración de los EEUU. Deberán presentar original y copia. Los portadores de visados tipo B-1/B-2 no pueden solicitar el visado en los Estados Unidos; deben solicitarlo en su país de residencia o país de origen.
  10. Prueba la identidad y capacidad del representante. Si el solicitante es menor de edad, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del progenitor y del documento que pruebe el parentesco. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud. Si se solicita el visado a través de representante, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del representante y del poder notarial o documento que acredite la representación. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud.
  11. Autorización de los representantes legales. Si el solicitante es menor de edad, se aportará original y una copia del acta notarial de los progenitores o tutores autorizando el desplazamiento del menor a España e identificando a la persona que se hará cargo del menor en España.
  12. Abono de la tasa de visado.Pago de tasas correspondiente a su trámite sólo se aceptará Money Orders dirigidos al “Consulate General of Spain Los Angeles” por el importe que corresponda. No se aceptará tarjetas de crédito, débito ni cheques personales.«
Fuente: Consulado de España en Los Ángeles.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca.

 

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