¿Cómo aplicar al visado de residencia no lucrativa para España desde Chile?
Requisitos para aplicar al visado de residencia no lucrativa para España desde Chile
- «Formulario de solicitud de visado nacional. Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado.
- Cada solicitante debe completar en todos sus apartados y firmar un ejemplar del impreso EX – 01.
- Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
- Pasaporte válido y en vigor. Se presentará el original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. Se requieren dos páginas en blanco en el pasaporte. El pasaporte deberá tener una validez mínima de 1 año y dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
- Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Se presentará original y copia de los documentos que prueben que el solicitante dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de residencia en España durante el año inicial de autorización de residencia o que acrediten que dispone de una fuente de percepción periódica de ingresos, para sí mismo y, en su caso, para los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 400% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 100% el IPREM por cada familiar a cargo del solicitante. A esta cantidad hay que añadir el 100% el IPREM por cada familiar a cargo del solicitante en su caso. Deben acreditarse medios económicos con: extractos bancarios, rentas que se perciban, inversiones, fondos de inversión, fondos mutuos, depósitos a plazo, etc. Los extractos bancarios o cartolas de cuentas bancarias deben presentarse de los últimos 12 meses con saldos, movimientos y transacciones. Igualmente para el caso de cuentas de depósitos o fondos mutuos, inversiones, etc. Los documentos bancarios deben tener el timbre original del banco. Cuentas bancarias de fuera de Chile deberán aportarse los extractos bancarios o cartolas debidamente timbrados con timbres originales del banco, y/o notarizados y/o apostillados a fin de que se dé prueba fehaciente de autenticidad y se puedan considerar. Asimismo en ese caso se requiere además traducción de los documentos al español por traductor o bien acreditado ante el consulado / embajada español de origen o bien traductor oficial español registrado o bien que las traducciones sean selladas y validadas por el consulado / embajada español competente en la localidad de origen.Todos los documentos bancarios o / y que pretendan acreditar solvencia económica deberán hacerlo de manera consistente, mantenida en el tiempo y con justificación documental.
- Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España. La póliza de seguro debe cubrir de manera efectiva (no por renovar) como mínimo los primeros 12 meses de estancia en España desde la fecha de viaje o entrada prevista a España. El seguro de salud requiere coberturas análogas al sistema de salud público español, y supone que las prestaciones de atención sanitaria deben estar cubiertas mediante asistencia directa (no de reembolso) sin limitación económica, sin deber pagar copago o franquicias, y sin carencias, y son las análogas al sistema público de salud en España, las siguientes: servicios preventivos, diagnósticos, terapéuticos, rehabilitadores y de promoción y mantenimiento de la salud. El catálogo comprenderá las prestaciones correspondientes a salud pública, atención primaria, atención especializada, atención sociosanitaria, atención de urgencias, la prestación farmacéutica, la ortoprotésica, y de transporte sanitario. No se admiten seguros de viaje.
- Certificado de antecedentes penales. Los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años. Todo documento oficial no español (certificado de antecedentes penales, certificados de registro civil o en prueba de parentesco –de nacimiento, matrimonio, unión civil, etc.-) debe estar apostillado. Se debe presentar original apostillado y su fotocopia.Todos los documentos para solicitud de visado deben ser en español o en su caso adjuntar una traducción al español. Sólo se admitirán las siguientes traducciones:- Realizadas en España por un traductor o intérprete jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación (MAEUEC) de España. – Realizadas o asumidas como propias por una representación diplomática o consular española en el extranjero. – Realizadas por la representación diplomática o consular en España del Estado que emite el documento.
- Certificado médico. Original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. El certificado médico requiere que conste explícitamente que no se padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el reglamento Sanitario Internacional de 2005”. No es necesario que el certificado adjunte los informes médicos. Puede hacer el certificado cualquier médico COLEGIADO en Chile y deberá estar apostillado por la autoridad sanitaria local competente y haber sido expedido en los últimos tres meses (no antes).
- Prueba de la residencia en la demarcación consular. Se requiere presentar el original de la tarjeta de residencia o cédula de identidad chilena con la necesaria vigencia y fotocopia de la misma.
- Abono de las tasas. Para abonar la tasa de autorización de residencia en la Oficina Consular, se deberá completar en todos sus campos y firmar dos ejemplares del modelo 790 código 052, epígrafe 2.1 Esta tasa también se puede abonar por internet, a través del enlace al modelo 790-052. En ese caso, se adjuntará justificante del pago obtenido a través de la misma página web.»
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca.