visa no lucrativa en españa para hondureños

Visa no lucrativa en España para hondureños

España es conocido como un país atractivo y con buenas oportunidades para los extranjeros, además existen diversas opciones para residir de manera legal en territorio español, entre ellas está la visa no lucrativa.
 
Esta opción de visado, te permite residir de manera legal en España, sin necesidad de realizar alguna actividad laboral, en tal sentido, para poder aplicar a la visa no lucrativa para España desde Honduras, es necesario acudir al portal de la embajada de España en Tegucigalpa.
 

¿Cuáles son los requisitos para aplicar a la Visa no lucrativa en España para hondureños?

    1. «Formulario de solicitud de visado nacional.  Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado.
    2.  Cada solicitante debe completar en todos sus apartados y firmar un ejemplar del impreso EX – 01.
  • Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
  1. Pasaporte válido y en vigor. Se presentará el original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte deberá tener una validez mínima de 1 año y dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
  2. Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Se presentará original y copia de los documentos que prueben que el solicitante dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de residencia en España durante el año inicial de autorización de residencia o que acrediten que dispone de una fuente de percepción periódica de ingresos, para sí mismo y, en su caso, para los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 400% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 100% el IPREM por cada familiar a cargo del solicitante.
    • Se exige una cantidad mensual de 2.400,00 euros, o su equivalente legal en moneda extranjera.
    • Para el sostenimiento de cada uno de los familiares a cargo se exige una cantidad mensual de 600,00 euros o su equivalente legal en moneda extranjera. Dicha cantidad a acreditar de forma adicional a la referida en el apartado anterior.

     

  3. Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España.
    • Debe aportar justificante del pago del seguro por todo el periodo de estancia.
    • Debe ser un seguro de salud (no de viaje) que cubra todo el periodo de estancia. No son válidos los seguros con vigencia por años naturales renovables automáticamente si no consta su efectiva vigencia y/o renovación en el momento de solicitud del visado.
    • La fecha de inicio de la vigencia del seguro debe reflejar la fecha prevista de entrada en España.
    • Debe ser un seguro para residir en España. Debe ofrecer una cobertura del 100% de los gastos médicos, hospitalarios y extra hospitalarios a través de un cuadro médico asistencial, sin deducibles, sin carencias y sin límites de cobertura.
    • No son válidos los seguros para residentes en Honduras con cobertura mundial.
    • Excepcionalmente, podrán aceptarse seguros médicos de compañías extranjeras que establezcan límites máximos de cobertura, si estos cumplen con las demás características exigidas anteriormente. Orientativamente, podrán aceptarse seguros que cubran hasta un máximo de 500.000 dólares estadounidenses.
    • En todo caso, la aseguradora debe estar autorizada a trabajar en España. Existe un registro de las mismas en el siguiente.

     

  4. Certificado de antecedentes penales. Los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años. Los documentos expedidos por autoridades hondureñas deben ser autenticados y apostillados.
  5. Certificado médico. Original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
    • El certificado debe haber sido expedido en los tres últimos meses y debe figurar en papel del Colegio Médico con fecha, firma y sello del doctor. Debe estar autenticado por el Colegio de Médicos y apostillado por la Secretaría de Relaciones Exteriores.
    • Debe formularse en los siguientes términos: “Este certificado médico acredita que el Sr./ Sra. […..] no padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

     

  6. Prueba de la residencia en la demarcación consular. DNI o tarjeta de residencia o justificante del trámite de renovación.
  7. Abono de las tasas. Para abonar la tasa de autorización de residencia en la Oficina Consular, se deberá completar en todos sus campos y firmar dos ejemplares del modelo 790 código 052, epígrafe 2.1 Puede consultar la tasa en la Sección «Comunicación» > «Noticias» > «Tasas consulares». El abono de las tasas se realizará en efectivo en la Embajada en Tegucigalpa.Esta tasa también se puede abonar por internet, a través del enlace al modelo 790-052. En ese caso, se adjuntará justificante del pago obtenido a través de la misma página web.»
Fuente:  Embajada de España en  Tegucigalpa.

 

Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca.

 

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