residencia no lucrativa en españa desde buenos aires

Visado de residencia no lucrativa en España desde Buenos Aires

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Este visado de residencia no lucrativa en España desde Buenos Aires permite vivir en el país, sin necesidad de realizar ninguna actividad laboral o profesional, siempre que se acrediten medios económicos suficientes y estables para mantenerse durante la estancia. Cabe destacar que este visado no concede autorización para trabajar.

También pueden beneficiarse del visado los familiares directos del solicitante:

  • El/la cónyuge, pareja inscrita o pareja estable debidamente acreditada.
  • Los hijos e hijas menores de edad, solteros y que no formen una unidad familiar independiente, ya sean del solicitante o de su pareja.
  • Los hijos e hijas mayores de edad que presenten una discapacidad que implique la necesidad de apoyo o que, por razones de salud, no puedan valerse por sí mismos, tanto del solicitante como de su pareja.

Requisitos para aplicar al visado de residencia no lucrativa en España desde Buenos Aires

 

  1. «Formulario de solicitud de visado nacional. Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado.Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores o tutores o un representante debidamente acreditado.
  2. Cada solicitante debe completar en todos sus apartados y firmar un ejemplar del impreso EX – 01.
  3. Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
  4. Pasaporte válido y en vigor. Se presentará el original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte deberá tener una validez mínima de 1 año y dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
  5. Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Se presentará original y copia de los documentos que prueben que el solicitante dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de residencia en España durante el año inicial de autorización de residencia o que acrediten que dispone de una fuente de percepción periódica de ingresos, para sí mismo y, en su caso, para los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 400% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 100% el IPREM por cada familiar a cargo del solicitante.
  6. Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España.
  7. Certificado de antecedentes penales. Los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años.
  8. Certificado médico. Original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  9. Prueba de la residencia en la demarcación consular: Se acreditará con original y fotocopia del documento que acredite la residencia en la demarcación consular.
  10. Abono de las tasas. Para abonar la tasa de autorización de residencia en la Oficina Consular, se deberá completar en todos sus campos y firmar dos ejemplares del modelo 790 código 052, epígrafe 2.1 «

Fuente: Consulado de España en Buenos Aires, Argentina.

 

Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados

Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de

Salamanca

 

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