Visado de residencia no lucrativa para España desde Chicago
En esta oportunidad nos vamos a referir al visado de residencia no lucrativa para España desde Chicago. Para ello, nos dirigimos al portal web del consulado de España en Chicago donde se indica los siguientes requisitos:
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- Formulario de solicitud de visado nacional. Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado.
- Cada solicitante debe completar en todos sus apartados y firmar un ejemplar del impreso EX – 01.
- Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
- Pasaporte válido y en vigor. Se presentará el original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte deberá tener una validez mínima de 1 año y dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
- Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Se presentará original y copia de los documentos que prueben que el solicitante dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de residencia en España durante el año inicial de autorización de residencia o que acrediten que dispone de una fuente de percepción periódica de ingresos, para sí mismo y, en su caso, para los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 400% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 100% el IPREM por cada familiar a cargo del solicitante.
- Extractos bancarios de los últimos 3 meses de sus cuentas bancarias en EEUU. No se requiere su traducción al idioma español.
- Beneficios del Seguro Social, beneficio de jubilación privado o público que no sea la Administración del Seguro Social (Veterano del Ejército, sindicato de maestros, etc.). Se requiere su traducción al idioma español).
- Plan de jubilación IRA, 401-K. Si el solicitante no está oficialmente jubilado, no puede presentar su plan de jubilación IRA, 401-K como prueba. Se requiere su traducción al idioma español.
- Últimos 3 años de declaraciones de impuestos del IRS completas. No se requiere su traducción al idioma español.
- Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España. El seguro de viaje no sería válido, por lo que el solicitante deberá contratar un seguro médico con una compañía de seguros autorizada para operar en España. En cuanto al alcance de la cobertura del seguro, debe ser, como mínimo, igual a la que ofrece el Sistema Nacional de Salud en España a los asegurados. Por lo tanto, no debe tener límites de cobertura debido a condiciones previas o períodos de gracia para ciertos beneficios. Se requiere en su caso la traducción del documento original al idioma español realizada por un traductor certificado y la presentación de ambos originales con sus respectivas fotocopias.
- Certificado de antecedentes penales. Los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años. En el caso de los Estados Unidos de América, el certificado de penales será expedido por el FBI y apostillado por el Departamento de Estado en Washington D. C. Una vez apostillado deberá ser traducido al idioma español. Se requiere la presentación de original y fotocopia. target=»_blank»>Información Apostilla de la Haya
- Certificado médico. Original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. El certificado médico deberá ser traducido al idioma español. El Consulado pone a disposición un modelo de certificado médico en idioma inglés con la correspondiente traducción al idioma español que puede ser utilizado por los solicitantes.
- Prueba de la residencia en la demarcación consular.
- Carnet de conducir (Driver´s License) del Estado donde resida el solicitante. El Estado debe pertenecer a nuestra demarcación consular.
- Documento de Identificación de ( Identity Card) del Estado donde resida el solicitante. El Estado debe pertenecer a nuestra demarcación consular.
ESTADOS QUE PERTENECEN A ESTA DEMARCACIÓN CONSULAR:
– Illinois
– Indiana
– Iowa
– Kansas
– Nebraska
– North Dakota
– South Dakota
– Ohio
– Kentucky
– Michigan
– Minnesota
– Missouri
– Wisconsin - Abono de las tasas. Para abonar la tasa de autorización de residencia en la Oficina Consular, se deberá completar en todos sus campos y firmar dos ejemplares del modelo 790 código 052, epígrafe 2.1 ) Forma de pago admitida solo con «Money Order» a nombre del Consulado General de España con las tasas correspondientes. Esta tasa también se puede abonar por internet, a través del enlace al modelo 790-052. En ese caso, se adjuntará justificante del pago obtenido a través de la misma página web.Forma de pago admitida solo con «Money Order» a nombre del Consulado General de España con las tasas correspondientes.
Fuente: Portal web del Consulado de España en Chicago.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca.
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