Visado de estudios en España desde Ciudad de México
Si estás interesado en estudiar en España y quieres aplicar a un visado de estudios desde México, en este artículo, te indicamos los requisitos necesarios. Para ello, nos dirigimos al portal web del Consulado de España en Ciudad de México.
«Todos los documentos extranjeros deben presentarse legalizados o apostillados, y en caso de estar confeccionados en idioma distinto al español, acompañados de la correspondiente traducción.
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- Formulario de solicitud de visado nacional: Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus representantes legales.
- Fotografía: Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
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- Pasaporte válido y en vigor: original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte debe tener una validez mínima de un año y tener al menos dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años. El pasaporte deberá entregarse al realizar el trámite, quedando bajo custodia hasta la resolución de tu solicitud de visado.
- Prueba de la admisión y del pago de la matrícula para la actividad..Original y una copia del documento que pruebe:
- En caso de estudios superiores, estudios de educación secundaria postobligatoria y actividades formativas, documentos que acrediten la admisión y el pago de la matrícula en un centro de enseñanza autorizado para la realización de un programa de estudios
- La admisión en un programa de movilidad de alumnos: en este caso se aportará también prueba de la admisión en un centro de estudios, del acogimiento por una familia o institución y compromiso del organizador del programa de asumir los gastos
- El convenio con la organización encargada de un programa de voluntariado
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- Prueba de la disponibilidad de medios económicos: original y una copia de los documentos que prueben que el solicitante (o su representante legal) dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia y regreso del estudiante y de los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 100% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 75% el IPREM por el primer familiar y el 50% del IPREM por cada familiar adicional. Si se acredita que el alojamiento ya está pagado por adelantado para toda la estancia, se minorará esta cantidad.El valor actual del IPREM, así como los porcentajes sobre éste, los puede consultar en la página de tasas. Podrán acreditarse dichos recursos mediante beca, que cubra todos los gastos o, en su caso, en base a los medios económicos propios o de los padres, con carta de compromiso de estos y copia de su cédula/carnet de Identificación o Pasaporte. Para documentar estos últimos medios se deberán presentar los tres últimos estados de cuentas y nóminas. Se tendrán en cuenta los recursos procedentes de fuentes como subvenciones, ayudas, becas, contrato de trabajo válido u oferta de empleo en firme. En el caso de una beca o ayudas habrá que presentar el documento original de su concesión en el que conste el periodo y cuantía de la misma. Además, debe acreditar el pago del coste total del curso a realizar en España.
- Seguro de enfermedad: original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España, con prestaciones similares las concedidas por la cartera común básica de servicios asistenciales del Sistema Nacional de Salud, válido para la duración de la estancia prevista. El seguro tiene que cubrir todo el periodo de estancia y todo tipo de asistencia sanitaria sin limitaciones, sin copagos ni carencias o deducibles. Asimismo, se debe aportar justificante del pago de dicho seguro por todo el periodo de estancia o por el primer año de estancia o residencia (siempre que explícitamente contemple una renovación automática), contando desde la fecha prevista de entrada en España.
- Certificado de antecedentes penales:cuando la duración de la estancia supere los 180 días, los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años.
Este certificado tiene que incluir la apostilla de la Haya del Gobierno que lo expida y haber sido emitido en los últimos 90 días.
Obtenido el certificado de no penales, éste deberá ser enviado a este Consulado General en la forma que se indicará al presentar la solicitud de visado.
Para este tipo de visado el certificado de antecedentes no penales tiene que ser expedido por las autoridades Federales.
El certificado obtenido deberá ser imprimido en color y apostillado antes de presentarlo en el Consulado.
- Certificado médico: original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
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- Prueba de la residencia en la demarcación consular: Documento vigente de Credencia de lector INE/IFE para mexicanos o Forma migratoria (FM) para extranjeros. Se acreditará mediante original y fotocopia de documento que acredite la residencia en la demarcación de esta Oficina Consular.
- Prueba la identidad y capacidad del representante: si el solicitante es menor de edad, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del progenitor y del documento que pruebe el parentesco. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud. Si se solicita el visado a través de representante, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del representante y del poder notarial o documento que acredite la representación.
- Autorización de los representantes legales: si la persona extranjera fuera menor de edad, y cuando estuviera a cargo de un tercero que no ostentara la patria potestad ni la tutela, deberá contar con la autorización de ambos progenitores o de quien ostente la patria potestad o tutela con carácter exclusivo para la estancia prevista en España a efectos de realizar la actividad de que se trate, con constancia del centro, la organización, entidad u organismo responsable de la actividad para la que ha sido autorizado y del periodo de estancia previsto.
- Abono de la tasa correspondiente y la forma de pago de la misma.»
En cuanto a los familiares
«Para cada familiar que acompañe al estudiante será necesario presentar:
- Copia del pasaporte o de la Tarjeta de Identidad de Extranjero del estudiante.
- Los documentos relacionados en la lista anterior con los números 1, 2, 3, 5, 6, 8, 9 y 12. En su caso, los relacionados con los números 7, 10 y 11.
- Además, deberán aportar los certificados que prueben la relación de parentesco con el estudiante: certificado de matrimonio, de pareja registrada, o de nacimiento, según el caso.»
Fuente: Consulado de España en Ciudad de México.
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Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados
Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de
Salamanca
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