visado de estudios para españa desde boston

Aplica al visado de estudios para España desde Boston

Para aplicar al visado de estudios para España desde Boston, se deben cumplir varios requisitos establecidos. Según el consulado de España en Boston, los requisitos son los siguientes:
 
 
  • «Formulario de solicitud de visado nacional. Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores. También podrá firmar la solicitud un representante debidamente acreditado.
    1. Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
    2. Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. No se admiten pasaportes de emergencia. El pasaporte debe ser válido, como mínimo, para toda la duración de la estancia prevista y tener dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
  • Prueba de la admisión para la actividad de estudios, formación, voluntariado o prácticas. Original y una copia del documento que pruebe:
    • La admisión en un centro de enseñanza autorizado para la realización de un programa de estudios a tiempo completo.
    • La admisión en un centro de investigación o formación.
    • La admisión en un programa de movilidad de alumnos (en este caso se aportará también prueba de la admisión en un centro de estudios, del acogimiento por una familia o institución y compromiso del organizador del programa de asumir los gastos).
    • La admisión para la realización de prácticas no remuneradas sobre la base de la firma de un convenio.
    • El convenio con la organización encargada de un programa de voluntariado.
  1. Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Original y una copia de los documentos que prueben que el solicitante (o su representante legal o familiar que le respalda) dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia y regreso del estudiante y de los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 100% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 75% el IPREM por el primer familiar y el 50% del IPREM por cada familiar adicional. Si se acredita que el alojamiento ya está pagado por adelantado para toda la estancia, se minorará esta cantidad. Los documentos públicos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y, en su caso, se acompañarán de una traducción al castellano.
  2. Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España.NO SE ACEPTARÁN SEGUROS DE VIAJE NI TARJETAS DE SEGURO EN EE.UU. El seguro deberá cubrir toda la estancia en España, dando comienzo cinco días antes del inicio de las clases y finalizando cinco días después del fin de las clases, porque el visado se dará con esta validez con el fin de facilitar la llegada y salida del estudiante. Deberá presentar un justificante de la compañía aseguradora en la que se especifique que el seguro cubre al menos 30,000 euros; sin deductibles ni copagos y el 100% de todos los gastos médicos y hospitalarios. Tiene que cubrir toda la estancia en España.Si el solicitante participa en un programa de voluntariado, además del seguro médico de enfermedad, aportará una copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil suscrito por la organización.
  3. Certificado de antecedentes penales. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años.El certificado de antecedentes penales deberá tener una antigüedad máxima de seis meses y haber sido expedido por el FBI. No se admitirán certificados locales o estatales. La Apostilla debe igualmente ser federal.
  4. Certificado médico. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. La carta debe presentarse acompañada de una traducción oficial al castellano. El certificado deberá tener una validez máxima de tres meses desde su expedición.
  5. Prueba de la residencia en la demarcación consular. Se debe probar la residencia legal en la demarcación consular o el estar cursando estudios presenciales en la demarcación consular.
  6. Prueba la identidad y capacidad del representante. Si el solicitante es menor de edad, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del progenitor y del documento que pruebe el parentesco. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud. Si se solicita el visado a través de representante, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del representante y del poder notarial o documento que acredite la representación. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud. Los documentos públicos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y, en su caso, se acompañarán de una traducción oficial al castellano.
  7. Autorización de los representantes legales. Si el solicitante es menor de edad, se aportará original y una copia del acta notarial de los progenitores o tutores autorizando el desplazamiento del menor a España e identificando a la persona que se hará cargo del menor en España. Los documentos públicos extranjeros deben estar legalizados o apostillados y, en su caso, se acompañarán de una traducción oficial al castellano.
  8. Abono de la tasa de visado.El pago de la tasa del visado únicamente puede hacerse en efectivo hasta que vuelva a estar operativo el terminal de pago para tarjeta de débito.»
Fuente: Consulado de España en Boston.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca.

 

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