¿Puede perderse la nacionalidad española obtenida por residencia?
Obtener la nacionalidad española por residencia es uno de los logros más importantes para quienes han construido su vida en España. Sin embargo, una vez concedida, surge una duda frecuente: ¿puede perderse la nacionalidad española obtenida por residencia?
Sí, efectivamente, la nacionalidad española adquirida por residencia puede llegar a perderse en determinados supuestos previstos en la ley.
En el artículo 25 del Real Decreto del 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil, se establece lo siguiente:
a) Cuando durante un período de tres años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar al adquirir la nacionalidad española.
b) Cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan cargo político en un Estado extranjero contra la prohibición expresa del Gobierno.
2. La sentencia firme que declare que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisición de la nacionalidad española produce la nulidad de tal adquisición, si bien no se derivarán de ella efectos perjudiciales para terceros de buena fe. La acción de nulidad deberá ejercitarse por el Ministerio Fiscal de oficio o en virtud de denuncia, dentro del plazo de quince años».
Fuente: Código Civil español.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados
Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de
Salamanca



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