¿Cuáles son los requisitos para renovar la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia en España?

Renovar la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia en España es un trámite fundamental para los trabajadores autónomos extranjeros que desean continuar desarrollando su actividad económica de forma legal. Mantener la autorización en vigor no solo garantiza la permanencia en territorio español, sino que también permite seguir ejerciendo una actividad profesional, cumplir con las obligaciones fiscales y acceder a nuevas oportunidades de crecimiento empresarial.

En este artículo, indicamos los requisitos, según el  Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, para renovar la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia, además de la documentación necesaria.  Si eres autónomo en España o estás próximo a solicitar la renovación de tu permiso de residencia, es importante revisar los requerimientos necesarios y los plazos que debes tener en cuenta.

Requisitos para renovar la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia en España

  • «No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea , del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países a los que se aplica el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Falta de antecedentes penales en España y en los países donde ha residido durante los últimos cinco años, por delitos tipificados en la legislación española.
  • No represente una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública. 
  • No debe figurar como rechazable en el espacio territorial de los países con los que España ha firmado un acuerdo al respecto.
  • Cuando proceda, certificar la escolarización de los niños en edad de escolarización obligatoria.
  • Debe poder demostrar una de las siguientes suposiciones :  
  • Continuar con la actividad que dio origen a la autorización que se va a renovar, siempre que se hayan cumplido las obligaciones tributarias y de seguridad social.
  • Cuando un familiar, definido en los términos del artículo 66 del Reglamento (miembros de la familia que pueden reagruparse), cumple con los requisitos económicos para la reagrupación de la persona trabajadora.
  • Beneficiarse de la protección por cese de actividad.
  • En el caso de trabajadores autónomos económicamente dependientes, cuando el contrato se interrumpe o se rescinde por razones ajenas a la voluntad del trabajador autónomo, incluidos los trabajadores autónomos económicamente dependientes que son víctimas de violencia de género o violencia sexual.
  • Cuando el trabajador se encuentre en alguna de las situaciones previstas en el artículo 38.6 (b) y (c) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero:
  • Cuando la autoridad competente haya concedido una prestación contributiva por desempleo, de conformidad con la normativa de la Seguridad Social.
  • Cuando la persona extranjera es beneficiaria de una ayuda económica de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.
  • Pagar la tasa por la tramitación del procedimiento».

Documentación obligatoria para la renovación

  • «Formulario de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado por el trabajador.
  • Copia íntegra del pasaporte o documento de viaje vigente.
  • En su caso, informe expedido por las autoridades autónomas, o por las competentes en cada caso, o por el centro educativo que acredita la escolarización de los menores a su cargo que se encuentren en edad de escolarización obligatoria.
  • Documentación según el caso para el que se solicita la renovación :  
  • Si el familiar tiene suficientes necesidades económicas para reagrupar al trabajador.  
  • Documentación que se debe proporcionar:  
  • Documentación actualizada que acredita el vínculo familiar.
  • Acreditación de medios de comunicación económicos.
  • Si ha otorgado protección por cese de actividad .  
  • Documentación que se debe proporcionar:  
  • Acreditación de la concesión de protección.
  • Si la interrupción o rescisión del contrato se produce por causas ajenas a la voluntad del trabajador autónomo:
  • Documentación que se debe proporcionar:  
  • Documentación que acredite la interrupción o rescisión del contrato por causas ajenas a su voluntad».

 

Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

 

 

 

 

 

 

 

Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados

Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de

Salamanca