cuarentena

Nota: Novedades para personas procedentes de otros países a España…

El día de hoy, 12 de mayo, se publicó en el Boletín Oficial del Estado en España, la Orden SND/403/2020, de 11 de mayo, sobre las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de otros países a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

En este sentido, se establece en el artículo 1 de esta Orden, lo siguiente:

«La presente orden tiene por objeto establecer las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de otros países a su llegada a España, durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

De igual forma, en el artículo 2 de esta orden, se estipula el período de cuarentena que deben tener las personas procedentes de otros países a España. Así, se indica lo siguiente:

«1. Las personas procedentes del extranjero deberán guardar cuarentena los 14 días siguientes a su llegada.

2. Durante el período de cuarentena las personas a que se refiere el apartado anterior deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, debiendo limitar sus desplazamientos a la realización de las siguientes actividades:

a) Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.

b) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

c) Por causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

Todas los desplazamientos se realizarán obligatoriamente con mascarillas.

3. De igual manera, deberán observar todas las medidas de higiene y/o prevención de la transmisión de la enfermedad provocada por el COVID-19, en especial a lo que se refiere a contacto con convivientes.

(…)

5. Quedan exceptuados de estas medidas los trabajadores transfronterizos, transportistas y las tripulaciones, así como los profesionales sanitarios que se dirijan a ejercer su actividad laboral, siempre que no hayan estado en contacto con personas diagnosticas de COVID-19″.

Para mayor información, pueden escribirnos a:

[email protected]

O llamarnos al teléfono: +34-914059130

0 Comentarios

Deja un comentario:

¡Siéntete libre de contribuir!
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *