Visado de residencia no lucrativa para España desde República Dominicana
Esta opción de visado, permite residir de manera legal en España, sin necesidad de realizar alguna actividad laboral, en tal sentido, para poder aplicar a la visa no lucrativa para España desde República Dominicana, es necesario acudir al portal web del Consulado de España en Santo Domingo
¿Cuáles son los requisitos para aplicar a la Visa no lucrativa para España desde República Dominicana?
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- «Formulario de solicitud de visado nacional. Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado.
- Cada solicitante debe completar en todos sus apartados y firmar un ejemplar del impreso EX – 01.
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- Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
- Pasaporte válido y en vigor. Se presentará el original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. El pasaporte deberá tener una validez mínima de 1 año y dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
- Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Se presentará original y copia de los documentos que prueben que el solicitante dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de residencia en España durante el año inicial de autorización de residencia o que acrediten que dispone de una fuente de percepción periódica de ingresos, para sí mismo y, en su caso, para los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 400% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 100% el IPREM por cada familiar a cargo del solicitante. El IPREM está fijado en 564,90 € mensuales. El 400% del IPREM equivale a 2.259,6 € mensuales y 27.115,2 anuales o su equivalente en moneda extranjera.
- Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España.
- Certificado de antecedentes penales. Los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años. Los certificados de antecedentes penales deberán estar debidamente legalizados y apostillados y con una antigüedad máxima de tres meses.
- Certificado médico. Original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. Los certificados médicos, deben estar debidamente legalizados y apostillados, y tener una antigüedad máxima de tres meses. Sólo se admitirán los certificados expedidos por los Centro médicos concertados. Centro de Obstetricia y Ginecología Av. Independencia 451 D.N. Santo Domingo Dr. Rafael Camilo García Santos (…omissis…) Doctor Néstor Acosta (Especialista en Certificados Médicos Para Menores). De Lunes a Jueves; 4:00 a 8:00 pm. (…omissis…) Torre de Especialidades Médicas: Av. Bolívar No.754 Santo Domingo (…omissis…) Dr. Hidalgo (…omissis…) Dr. Betances (…omissis…) Ext. 238 Centro Médico Universidad Central del Este (UCE) Av. Máximo Gómez Esq. Pedro Henríquez Ureña No.66 Santo Domingo Director Médico: Dra. Rosmery Matos Fernández (…omissis…) Ext. 1155 Hospital Nuestra Señora de la Altagracia: (Higuey) Dr. Jaime A. Rodríguez (…omissis…) Centro Médico Bournigal Calle Antera Mota Esq. Dr. Zafra Puerto Plata Dr. José Natalio Redondo Dr. William C. Redondo (…omissis…)
- Prueba de la residencia en la demarcación consular. Si el solicitante de visado no tiene nacionalidad dominicana deberá presentar su permiso de residencia o el visado que le acredite para residir legalmente en República Dominicana.
- Abono de las tasas. Para abonar la tasa de autorización de residencia en la Oficina Consular, se deberá completar en todos sus campos y firmar dos ejemplares del modelo 790 código 052, epígrafe 2.1. Esta tasa también se puede abonar por internet, a través del enlace al modelo 790-052. En ese caso, se adjuntará justificante del pago obtenido a través de la misma página web.»
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca.
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