Aprobado el inicio de un proceso para una regularización extraordinaria en España


Solicitar la nacionalidad española por residencia implica cumplir con ciertos requisitos específicos, además de atravesar un procedimiento administrativo y exámenes.
La nacionalidad española por residencia es una de las vías más comunes para que los extranjeros obtengan la ciudadanía en España. Se trata de un derecho que reconoce la integración de quienes han vivido de manera legal y continuada en el país durante un período determinado, permitiéndoles acceder a los mismos beneficios y responsabilidades que los ciudadanos españoles de origen.
Comprender qué es exactamente la nacionalidad por residencia y cómo se solicita resulta fundamental para quienes desean consolidar su vida en España y disfrutar de una plena pertenencia jurídica y social.
Fuente: Código Civil español.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados
Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de
Salamanca
Original y una copia de los siguientes documentos:
b) Trabajador por cuenta propia: la antigüedad de la relación contractual (no debe ser inferior a tres meses) y los términos y condiciones en los que va a ejercer la actividad profesional a distancia.
a) Teletrabajador: cantidad que represente mensualmente el 200% del salario mínimo interprofesional (SMI).
b) Familiares del teletrabajador: al menos el 75% del SMI por la primera persona reagrupada y, al menos, un 25% del SMI por cada miembro adicional.
Para acreditar las cantidades señaladas se podrá emplear cualquier medio de prueba (contrato de trabajo, oferta firme de empleo o, en el caso de actividad profesional, contrato mercantil que corresponda a la actividad laboral o profesional a realizar, u otros). Deberá acreditarse la titularidad, licitud y disponibilidad de los fondos que se empleen como medio de prueba.
Si existen dudas sobre la equivalencia de un título de formación profesional en el sistema educativo español, se podrá requerir la acreditación de la convalidación del título ante la autoridad educativa competente.
No se podrá conceder un visado por teletrabajo cuando las condiciones de la solicitud sean coincidentes con las del visado por traslado intraempresarial.
Específicos para los familiares del teletrabajador de carácter internacional.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados
Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de
Salamanca
En un contexto donde el teletrabajo ha transformado la forma de ejercer la profesión, España ofrece un marco legal que facilita la llegada de nómadas digitales y trabajadores remotos. Para los hondureños, este visado no solo significa acceso a una mejor calidad de vida y a un entorno multicultural, sino también la oportunidad de expandir sus horizontes profesionales en un país con gran atractivo cultural y económico.
Documentos necesarios para aplicar al visado para teletrabajador en España desde Honduras
Documentos específicos para el teletrabajador de carácter internacional.
b) Trabajador por cuenta propia: la antigüedad de la relación contractual (no debe ser inferior a tres meses) y los términos y condiciones en los que va a ejercer la actividad profesional a distancia.
b) Familiares del teletrabajador: al menos el 75% del SMI por la primera persona reagrupada y, al menos, un 25% del SMI por cada miembro adicional.
Para acreditar las cantidades señaladas se podrá emplear cualquier medio de prueba (contrato de trabajo, oferta firme de empleo o, en el caso de actividad profesional, contrato mercantil que corresponda a la actividad laboral o profesional a realizar, u otros). Deberá acreditarse la titularidad, licitud y disponibilidad de los fondos que se empleen como medio de prueba.
Si existen dudas sobre la equivalencia de un título de formación profesional en el sistema educativo español, se podrá requerir la acreditación de la convalidación del título ante la autoridad educativa competente.
No se podrá conceder un visado por teletrabajo cuando las condiciones de la solicitud sean coincidentes con las del visado por traslado intraempresarial».
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados
Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de
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El Visado de residencia no lucrativa desde Lima en Perú se ha convertido en una alternativa para quienes desean establecerse en España sin necesidad de realizar actividades laborales. Cada vez más peruanos, ya sean jubilados, familias o profesionales independientes, consideran esta opción como una puerta de entrada segura y estable hacia Europa. Este visado permite residir legalmente en territorio español siempre que se demuestre solvencia económica, ofreciendo así la posibilidad de disfrutar de la calidad de vida, la cultura y los servicios de España sin compromisos laborales.
Requisitos para aplicar al visado de residencia no lucrativa desde Lima en Perú
No se admiten cartas de bancos, fondos de inversión, cuentas a plazo, cuentas CTS, planes de pensiones o similares.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados
Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de
Salamanca
La navidad en tiempos de migración nos invita a reflexionar sobre el camino recorrido, las decisiones tomadas y los sueños que aún nos acompañan. Es un momento para compartir en familia, aunque muchas veces la distancia nos obligue a hacerlo de formas distintas.
Quiero dirigirme a nuestros fieles lectores, quienes nos han acompañado con mensajes de apoyo y agradecimiento, para hablar de los sentimientos que afloran en esta época del año, especialmente en la vida de un migrante.
Hoy, para muchos, la navidad se vive de manera diferente: extrañando y anhelando estar junto a los seres queridos. Sin embargo, no debemos permitir que la nostalgia nos paralice; es importante disfrutar el presente y valorar lo que tenemos por vivir. La realidad de la migración nos lleva a celebrar con un móvil u ordenador en la mano, esperando la medianoche del 31 de diciembre para conectarnos con familiares en distintos países, sorteando incluso las diferencias de huso horario.
Algunos afortunados logran reunirse físicamente con su familia, pero la mayoría enfrenta obstáculos como el alto costo de los viajes, las exigencias laborales en el exterior o las restricciones migratorias. En muchos casos, la pantalla del teléfono se convierte en el puente que nos permite compartir afecto y mantener viva la unión familiar.
La navidad en tiempos de migración también refleja una realidad: familias divididas por decisiones voluntarias o forzosas de dejar el país. No se trata de juzgar, pues cada persona busca su felicidad en el lugar que elige vivir. Lo importante es no caer en la queja constante por lo que no tenemos, sino aprender a valorar lo que sí está en nuestras manos. Como me dijo una amiga hace tiempo: la vida son cuatro días, y ya hemos vivido varios.
Por eso, te invito a no desanimarte. Supera la nostalgia que trae esta época y recuerda que migrar es una decisión valiente en busca de un futuro mejor. Lo esencial es que seas feliz en lo que haces, en donde vives y con quién compartes tu vida.
La adaptación es parte de la experiencia migratoria. Llegará el día en que podamos reencontrarnos con nuestros seres queridos, y si no es posible, aprenderemos a celebrar la navidad en tiempos de migración, transformando la distancia en una oportunidad para valorar aún más la unión, la esperanza y la felicidad.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados
Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de
Salamanca
La solicitud debe hacerse ante el Consulado de tu país de origen, teniendo en cuenta que cada Consulado puede establecer requisitos específicos. En cambio, la autorización de estancia por estudios se tramita directamente dentro del territorio español.
Según el portal web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, los requisitos son los siguientes:
En el caso de que la duración de la estancia supere los seis meses, se requerirá:
Fuente: Portal web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados
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a) «Encontrarse en España y no tener la condición de solicitante de protección internacional en el momento de la presentación de la solicitud ni durante su tramitación. A tal efecto, se entenderá por solicitante de protección internacional a aquella persona extranjera que haya formulado una solicitud de protección internacional sobre la que no se haya adoptado una resolución firme en sede administrativa, y, en su caso, judicial.
b) Haber permanecido en territorio nacional de forma continuada durante, al menos, los dos años anteriores a la presentación de dicha solicitud. A estos efectos, cuando la persona extranjera haya sido solicitante de protección internacional, no será computable el tiempo de permanencia en España durante la tramitación de la solicitud de protección internacional hasta su resolución firme en sede administrativa, y, en su caso, judicial.
El arraigo familiar no requerirá ninguna permanencia mínima.
c) No representar una amenaza para el orden público, seguridad o salud pública.
d) Carecer de antecedentes penales en España y en los países donde haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la fecha de entrada en España, por delitos previstos en el ordenamiento jurídico español.
e) No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
f) En su caso, no encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno a España.
g) Haber abonado la tasa por la tramitación del procedimiento».
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados
Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de
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Aplicar al visado para nómadas digitales desde Quito en Ecuador no solo abre la puerta a nuevas oportunidades laborales, sino que también permite disfrutar de un entorno diverso que mezcla modernidad con tradición. En un mundo cada vez más interconectado, este estilo de vida se consolida como una alternativa que permite mantener la libertad de viajar mientras se accede a oportunidades laborales globales.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados
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El régimen de Profesionales Altamente Cualificados en España, regulado por la Ley de Emprendedores (Ley 14/2013), ofrece un marco legal ágil y atractivo para la entrada y residencia de talento internacional en el país. Está diseñado para facilitar la incorporación de profesionales con formación y experiencia avanzada en sectores estratégicos, contribuyendo al crecimiento económico y a la internacionalización de España.
Está Ley nace con el objetivo de fomentar la cultura emprendedora y atraer inversión y talento internacional. Se enmarca en un contexto de recuperación económica y busca crear un entorno favorable para la innovación, el emprendimiento y la competitividad empresarial.
Este régimen permite a empresas y entidades en España contratar a profesionales extranjeros con alta cualificación, otorgándoles una autorización de residencia y trabajo de manera más rápida y flexible que los procedimientos tradicionales.
Artículo 71. Autorización de residencia para profesionales altamente cualificados
Para ampliar esta información, nos dirigimos a la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización en su artículo 71, donde indica lo siguiente:
La solicitud a que se refiere el párrafo anterior podrá ser presentada por la empresa o por el profesional extranjero cuya incorporación se requiera, en cuyo caso la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos comunicará a la empresa la recepción de la solicitud.
En el caso de profesionales y directores de tecnología de la información y las comunicaciones, la duración mínima de la experiencia profesional equiparable y pertinente para el sector o profesión exigida será de tres años comprendidos en los siete años anteriores a la solicitud de la Tarjeta azul-UE.
Fuente: Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados
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