¿Cuáles familiares pueden aplicar en una visa de estudios a España?

En esta oportunidad, indicamos las personas que pueden aplicar a un visado cuando son familiares de un aplicante o titular de un visado de estudios en España. Muchas veces existen dudas acerca de la visa de estudios y aquí te presentamos algunos datos que pueden ser de gran utilidad.

¿Qué familiares pueden solicitar una visa de estudios en España?

La respuesta la encontramos en el artículo 41 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, en los términos siguientes:

Artículo 41. Familiares del titular de una autorización de estancia.

  1. «Los familiares de extranjeros que hayan solicitado un visado de estudios o se encuentren en España de acuerdo con lo regulado en este capítulo podrán solicitar los correspondientes visados de estancia para entrar y permanecer legalmente en España durante la vigencia de su estancia, sin que se exija un periodo previo de estancia al extranjero titular del visado de estudios.
  2. El término familiar se entenderá referido, a estos efectos, al cónyuge, pareja de hecho, e hijos menores de dieciocho años o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.
  3. Los familiares dotados del visado referido podrán permanecer legalmente en territorio español durante el mismo periodo y con idéntica situación que el titular de la autorización principal. Su permanencia estará en todo caso vinculada a la situación de estancia del titular de la autorización principal.

Si su estancia fuera superior a seis meses, deberán solicitar la correspondiente Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde su entrada en España.

  • Los familiares no podrán obtener la autorización para la realización de actividades lucrativas a la que se refiere el artículo siguiente”.

¿Qué requisitos se deben cumplir los familiares?

«Los requisitos a acreditar para la concesión del visado a favor del familiar serán los siguientes:

  1. Que el extranjero se encuentre en situación de estancia en vigor de acuerdo con lo previsto en este capítulo.
  2. Que dicho extranjero cuente con medios económicos suficientes para el sostenimiento de la unidad familiar.
  3. Que se acredite el vínculo familiar o de parentesco entre ambos.

El cumplimiento de estos requisitos para la obtención del permiso para familiares por medio del visado de estudios en España debe cumplirse a cabalidad para poder residir legalmente en territorio español.»

Para cualquier inquietud o consulta, en relación a este tema, pueden escribirnos a: [email protected]

 

 

 

Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca.

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