¿Cuales son los requisitos para aplicar al visado de estudios desde Perú?
Según en el portal web del Consulado de España en Lima, para poder aplicar al visado de estudios para España desde Perú, se deben cumplir los siguientes requisitos requisitos:
- Formulario de solicitud de visado nacional. Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores. También podrá firmar la solicitud un representante debidamente acreditado.
- Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
- Pasaporte válido y en vigor. Original y una fotocopia de la página o páginas con datos biométricos del pasaporte. Serán rechazados los pasaportes o documentos de viaje visiblemente deteriorados, dañados total o parcialmente, con alguna de sus hojas desprendidas o rasgadas o que no tengan banda de lectura magnética El pasaporte debe ser válido, como mínimo, para toda la duración de la estancia prevista y tener dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
- Prueba de la admisión para la actividad de estudios, formación, voluntariado o prácticas. Original y una copia del documento que pruebe:
- La admisión en un centro de enseñanza autorizado para la realización de un programa de estudios a tiempo completo.
- La admisión en un centro de investigación o formación.
- La admisión en un programa de movilidad de alumnos (en este caso se aportará también prueba de la admisión en un centro de estudios, del acogimiento por una familia o institución y compromiso del organizador del programa de asumir los gastos).
- La admisión para la realización de prácticas no remuneradas sobre la base de la firma de un convenio.
- El convenio con la organización encargada de un programa de voluntariado.
- Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Original y una copia de los documentos que prueben que el solicitante (o su representante legal o familiar que le respalda) dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia y regreso del estudiante y de los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 100% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 75% el IPREM por el primer familiar y el 50% del IPREM por cada familiar adicional. Si se acredita que el alojamiento ya está pagado por adelantado para toda la estancia, se minorará esta cantidad. El importe mensual del IPREM puede ser consultado.
Para probar la disponibilidad de medios económicos, que cubran los gastos de estancia y los costes de los estudios, se deberá aportar:- En la prueba de admisión para la actividad de estudios, formación, voluntariado o prácticas indicada en el punto 4, deberá figurar el coste total del programa de estudios o formación que se vaya a cursar, así como deberá estar indicado el monto que ya se haya abonado.
- Originales de extractos de cuentas bancarias (con la firma y el sello del banco) de los SEIS últimos meses: cuentas de ahorro y/o cuentas corrientes. No se admiten cartas de bancos, fondos de inversión, cuentas a plazo, planes de pensiones, tarjetas de crédito o similares.
- Boletas de pago, pensión o recibos por honorarios de los últimos tres meses
- Documentación aclaratoria de ingresos significativos y repentinos en las cuentas, como contratos de compraventa (minuta o inscripción en la SUNARP), facturas, escrituras por donaciones, etc.
- Si la empresa es propiedad del solicitante: Ficha RUC, escritura de constitución de la empresa y última declaración de impuestos.
- Si el solicitante es económicamente dependiente, deberá presentar:
- Toda la documentación económica arriba señalada referida a la persona que financia.
- Documentos justificativos que demuestren la relación familiar directa entre el solicitante y la persona que financia los gastos, debidamente apostillada.
- Carta aval indicando que el financiador cubre todos los costes de la estancia prevista, ante notario, legalizada por el Colegio de Notarios y apostillada por la autoridad competente en el país de residencia del avalista.
- Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España.
- Debe tratarse de un seguro de salud (no de viaje).
- Debe abarcar todo el catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud regulados en el artículo 7 y siguientes de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud-
- La aseguradora debe estar autorizada a trabajar en España cuyo registro en el MINECO
- El seguro médico no debe tener carencia, ni copago, ni límite de cobertura; es decir, debe cubrir el 100% de los gastos médicos, hospitalarios y extra hospitalarios.
Si el solicitante participa en un programa de voluntariado, además del seguro médico de enfermedad, aportará una copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil suscrito por la organización.
- Certificado de antecedentes penales. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años.El certificado deberá tener una antigüedad máxima de 3 meses desde su expedición . Si se trata de documentos expedidos por terceros Estados deberán estar debidamente apostillados o legalizados. En el caso de documentos peruanos, deberán estar apostillados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
- Certificado médico. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. El certificado deberá tener una antigüedad máxima de 3 meses desde su expedición . El certificado deberá estar legalizado en el Colegio de Médicos y debidamente apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
Fuente: Consulado de España en Lima.
Escrito por: Gilberto Atencio Valladares. Abogado ejerciente colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Máster en Asesoría Jurídica de Empresas en IE Law School y Doctor en Derecho por la Universidad de Salamanca.
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