Situación de los turistas en España: novedades.

El día de ayer, con la Orden SND/421/2020, de 18 de mayo, por la que se adoptan medidas relativas a la prórroga de las autorizaciones de estancia y residencia y/o trabajo y a otras situaciones de los extranjeros en España, en aplicación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis ocasionada por el COVID-19, publicada en el Boletín Oficial del Estado español, se introducen algunas novedades en relación a los turistas en España.

En este sentido, resaltamos lo establecido en el artículo 4 de esta orden que aplica para los turistas en España. Así se establece lo siguiente:

«1. Aquellas personas que se hallen en España en situación de estancia, por un período no superior a noventa días, que haya expirado durante la vigencia del estado de alarma, verán su estancia prorrogada, de forma automática, por un período de tres meses.

2. Esta validez estará limitada al territorio español.

3. El periodo prorrogado se tendrá en cuenta a efectos de calcular el tiempo máximo autorizado para futuras estancias».

Es importante destacar que ya el 18 de marzo de 2020, la Dirección General de Migraciones, había dictado la Comunicación de la Dirección General de Migraciones sobre el alcance del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en relación con la Disposición Adicional Tercera relativa a la suspensión de plazos administrativos. En esa comunicación, en el literal «d» ya establecían lo siguiente:

«La suspensión de los plazos administrativos dictada por el Real Decreto 463/2020, aconseja medidas más eficaces y eficientes, de modo que se suspendan los plazos de expiración de las estancias de nacionales de terceros estados cuyo retorno no es posible a consecuencia de la emergencia sanitaria internacional derivada del coronavirus y así queda acreditado. La mera extensión de las medidas previstas en las instrucciones antes citadas no parece suficientes, dada la magnitud del problema. Esta medida, se cree tanto más conveniente en cuanto que se prevé un progresivo cierre de fronteras”.

Con lo cual, la situación de los turistas se encuentran amparadas por esta normativa. En caso que se encuentre como turista en este momento en España y desee valorar también opciones migratorias para continuar en territorio español, pueden escribirnos a:

[email protected]

O bien, llamarnos al:

(0034) 914-059130

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