medidas en el ámbito laboral

Nota: Algunas medidas laborales aprobadas en España para paliar los efectos de la situación actual

El pasado 27 de marzo de 2020, se aprobó el Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementaras, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados de la situación actual.

En este sentido, se establece en el artículo 2 de este Real Decreto lo siguiente:

«La fuerza mayor y causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo y abono de prestaciones por desempleo».

De igual forma, en el artículo 3 de este Real Decreto, también se estipula lo siguiente:

«1. El procedimiento de reconocimiento de la prestación contributiva por desempleo, para todas las personas afectadas por procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada basados en las causas previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, se iniciará mediante una solicitud colectiva presentada por la empresa ante la entidad gestora de las prestaciones por desempleo, actuando en representación de aquellas.

Esta solicitud se cumplimentará en el modelo proporcionado por la entidad gestora de las prestaciones por desempleo y se incluirá en la comunicación regulada en el apartado siguiente».

También, entre otras cuestiones, se establece en el artículo 5 de este Real Decreto lo siguiente:

«La suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, por las causas previstas en los artículos 22 y 23 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, supondrá la interrupción del cómputo, tanto de la duración de estos contratos, como de los períodos de referencia equivalentes al período suspendido, en cada una de estas modalidades contractuales, respecto de las personas trabajadoras afectadas por estas».

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