impuestos de autónomos

Nota: Se amplía el plazo hasta el 20 de mayo para la presentación de los impuestos de autónomos y pymes…

El día de ayer 14 de abril, se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.

En este sentido, en el artículo 1 de esta normativa, se establece lo siguiente:

«Artículo único. Extensión del plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones.

  1. En el ámbito de las competencias de la Administración Tributaria del Estado, los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias de aquellos obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019 cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el día 20 de mayo de 2020 se extenderán hasta esta fecha. En este caso, si la forma de pago elegida es la domiciliación, el plazo de presentación de las autoliquidaciones se extenderá hasta el 15 de mayo de 2020.

No obstante lo anterior, en el caso de los obligados que tengan la consideración de Administraciones públicas, incluida la Seguridad Social, será requisito necesario que su último presupuesto anual aprobado no supere la cantidad de 600.000 euros».

Con lo cual, básicamente es una medida a favor de autónomos y pymes para poder presentar las declaraciones y autoliquidaciones tributarias a más tardar el día 20 de mayo.

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